Casos de competencia desleal en mexico

Competencia potencial de la oecd

El 17 de agosto de 2021, la Administración Estatal para la Regulación del Mercado (SAMR) publicó las Disposiciones sobre la Prohibición de la Competencia Desleal en Internet (Borrador para Comentario Público) (el Borrador) y solicitó comentarios públicos hasta el 15 de septiembre de 2021.

En comparación con la Ley contra la Competencia Desleal, el Borrador especifica más las circunstancias que se considerarían competencia desleal en Internet y las separa en cuatro categorías: confusión, publicidad falsa, soborno comercial y calumnia comercial.

Además, el Borrador define “dañar la reputación de la empresa y la reputación de la mercancía” como hacer que una empresa “reduzca o disminuya significativamente el tráfico de la red de otros operadores, los ingresos por publicidad comercial, la capacidad de financiación, etc., así como dañar la competitividad potencial, como las oportunidades comerciales, los ingresos comerciales predecibles, el poder de negociación, el valor de la marca, etc.”.

Además de los cuatro tipos tradicionales de conductas de competencia desleal enumerados anteriormente, el Proyecto también introduce tres nuevos tipos de conductas de competencia desleal en el artículo 12 de la Ley contra la competencia desleal:

Aplicación de la competencia

CONSIDERANDO su interés mutuo en establecer nuevos vínculos contractuales para seguir fortaleciendo sus relaciones bilaterales, principalmente a través de un mayor diálogo político, la liberalización progresiva y recíproca del comercio, la liberalización de los pagos corrientes, los movimientos de capital y las transacciones invisibles, la promoción de la inversión, y a través de una cooperación más amplia;

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CONSCIENTES de la importancia que ambas Partes atribuyen a la correcta aplicación del principio de desarrollo sostenible, acordado y recogido en la Agenda 21 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992;

CONSIDERANDO su adhesión a los principios de la economía de mercado y conscientes de la importancia de su compromiso con el libre comercio internacional de conformidad con las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y en su calidad de miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), con especial énfasis en la importancia del regionalismo abierto;

El respeto de los principios democráticos y de los derechos humanos fundamentales, proclamados por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, sustenta las políticas internas y externas de ambas Partes y constituye un elemento esencial del presente Acuerdo.

Ocde

Proporcionamos asesoramiento estratégico a los empleadores sobre todos los aspectos críticos de la relación laboral, desde la contratación inicial, pasando por el mantenimiento de la seguridad y la supervisión de información altamente confidencial, hasta la salida. Trabajamos estrechamente con los clientes para redactar acuerdos que contengan restricciones posteriores a la contratación que se adapten a sus necesidades particulares, con vistas a maximizar la probabilidad de aplicabilidad multijurisdiccional, tanto a nivel nacional como, a menudo, internacional.  También asesoramos a los clientes para asegurar su información confidencial y sus relaciones con los clientes cuando los empleados clave dejan la empresa y se unen a un competidor.

Una de las características de nuestra práctica es ayudar a nuestros clientes a evitar costosos litigios mediante una serie de medidas preventivas, como la realización de auditorías de competencia desleal y de secretos comerciales y la coordinación de exámenes e investigaciones forenses. Sin embargo, cuando el litigio es apropiado y necesario, nuestros abogados actúan con rapidez, ya sea que el asunto en cuestión implique un procedimiento de orden de restricción de acceso, una presentación acelerada de pruebas o un juicio completo sobre el fondo del asunto.  Gracias a nuestros números, nuestra experiencia en la materia y nuestra huella geográfica, podemos trabajar con nuestros clientes con una mínima interrupción de su negocio para identificar los problemas, reunir las pruebas, preparar los documentos judiciales necesarios y avanzar rápidamente hacia una audiencia o un juicio.  Trabajamos intensamente con consultores y expertos forenses, económicos y de la industria, así como con nuestros propios abogados y personal de apoyo de eDiscovery para agilizar el proceso de investigación y descubrimiento.

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Wikipedia

La mayoría de los grandes mercados, como la Unión Europea, Japón, Corea, Australia, Nueva Zelanda, Rusia y Sudáfrica, imponen actualmente algún tipo de impuesto indirecto extraterritorial sobre los servicios prestados por vía electrónica (ESS). Aunque se pueden encontrar similitudes entre los regímenes de imposición indirecta de los SEE, el sistema de cada país presenta sus propios retos. El principal reto al que se enfrenta la aplicación de un impuesto indirecto sobre los SEE en la mayoría de los países consiste en determinar en qué país se consumen los servicios. El principio de destino ha sido ampliamente aceptado como medio principal para determinar cómo aplicar el impuesto sobre el valor añadido (IVA) o el impuesto sobre bienes y servicios (GST) al comercio internacional, aunque los enfoques comunes incluyen la imposición de los SEE en la jurisdicción donde reside el cliente o en la jurisdicción donde está establecido el proveedor. Sin embargo, el objetivo general ha sido aplicar un enfoque basado en el destino tanto para las transacciones entre empresas (B2B) como entre empresas y consumidores (B2C), de manera que el impuesto se aplica en el país donde se recibe y consume el servicio.