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Si está solicitando prestaciones de la Seguridad Social o de la Seguridad de Ingreso Suplementario, debe elegir recibir el pago de sus prestaciones electrónicamente cuando se inscriba. Si actualmente recibe las prestaciones de la Seguridad Social o de la Seguridad de Ingreso Suplementario por cheque, debe cambiar a una de las opciones de pago electrónico indicadas anteriormente.
Para obtener más información sobre cómo cambiar fácilmente de un cheque en papel a una opción de pago electrónico, visite el sitio web Go Direct del Tesoro o llame al Centro de Soluciones de Pago Electrónico del Tesoro al 1-800-333-1795. También puede crear una cuenta de mi Seguridad Social e iniciar o cambiar el Depósito Directo en línea.
En circunstancias extremadamente raras, la Tesorería puede conceder excepciones al mandato de pago electrónico. Para más información o para solicitar una exención, llame a la Tesorería al 855-290-1545. También puede imprimir y rellenar un formulario de exención y enviarlo a la dirección que figura en el formulario.
Depósito de tesorería de la ssa
El caso MERALCO de 1964 se resolvió cuando la Ley de Tasación aún estaba en vigor y el artículo 3(f) de dicha ley aún exigía que la maquinaria estuviera unida al bien inmueble. Además, como ya señaló el Tribunal, la sentencia del caso MERALCO de 1964 -que los postes eléctricos (incluidas las torres de acero) de MERALCO no están sujetos al impuesto sobre bienes inmuebles- se basó principalmente en la exención expresa concedida a MERALCO en virtud de su anterior franquicia. La referencia en dicho caso a la definición de bienes inmuebles del Código Civil era sólo un argumento alternativo:cralawlawlibrary
2015ORDEN DEL DEPARTAMENTO NO. 21/9/2015Designación de los miembros del Grupo Técnico de Trabajo para la Reforma Fiscal IntegralDepartamento de Hacienda, Oficina de Impuestos Internos, Comisión de Seguros, Centro Nacional de Investigación TributariaDesignación (miembros del GTT)Movimiento de personalCesar V. PurisimaActivo
2015ORDEN DEL DEPARTAMENTO Nº. 31/13/2015Designación de la Tesorera Adjunta Sharon P. Almanza como OIC de la Oficina del Tesoro del 13 al 25 de enero de 2015Departamento de Hacienda, Oficina del TesoroDesignación (OIC de BTr)Movimiento de personalCesar V. PurisimaRealizado por Eventos
2015ORDEN DEL DEPARTAMENTO NO. 51/14/2015Autorización para viajar, participar, coordinar y facilitar la reunión en Clark, Pampanga del 19 al 24 de enero de 2015 como Delegación Oficial en representación de la República y de la Secretaría que trabaja en coordinación con APEC-NOCDepartamento de FinanzasAutoridadMovimiento de personalGil BeltránSustituido por Eventos
2015ORDEN DEL DEPARTAMENTO NO. 71/26/2015Ampliación de detalle de Maria Edita Z. Tan a la Oficina de AduanasOficina de Aduanas, Departamento de FinanzasAmpliación de detalleMovimiento de personalCesar V. PurisimaSuspendido
Sección 1. Podrán ejercer el sufragio todos los ciudadanos de Filipinas que no estén inhabilitados por la ley, que tengan por lo menos dieciocho años de edad y que hayan residido en Filipinas por lo menos un año y en el lugar donde se proponen votar por lo menos durante los seis meses inmediatamente anteriores a la elección.
El Congreso diseñará también un procedimiento para que los discapacitados y los analfabetos puedan votar sin la asistencia de otras personas. Hasta entonces, se les permitirá votar con arreglo a las leyes vigentes y a las normas que
Sección 1. Sección 2. El poder legislativo corresponderá al Congreso de Filipinas, que se compondrá de un Senado y una Cámara de Representantes, salvo en la medida reservada al pueblo por la disposición sobre iniciativa y referéndum.
Sección 3. Ninguna persona podrá ser senador a menos que sea ciudadano nacido en Filipinas y que, el día de la elección, tenga al menos treinta y cinco años de edad, sepa leer y escribir, esté inscrito en el censo electoral y sea residente en Filipinas durante al menos los dos años inmediatamente anteriores al día de la elección.