Contenidos
Juicio sobre delitos leves amenazas
Hombre encarcelado por amenazas de muerte
Los propósitos de la decisión de libertad provisional incluyen proporcionar el debido proceso a los acusados de un delito, mantener la integridad del proceso judicial asegurando a los acusados para el juicio, y proteger a las víctimas, los testigos y la comunidad de amenazas, peligros o interferencias. El juez o el funcionario judicial decide si poner en libertad a un acusado bajo fianza personal o fianza de comparecencia no garantizada, poner en libertad a un acusado bajo una condición o una combinación de condiciones, detener temporalmente a un acusado, o detener a un acusado de acuerdo con los procedimientos descritos en estas Normas. La ley favorece la liberación de los acusados en espera de la adjudicación de los cargos. La privación de libertad en espera de juicio es dura y opresiva, somete a los acusados a dificultades económicas y psicológicas, interfiere en su capacidad de defenderse y, en muchos casos, priva a sus familias de apoyo. Estas Normas limitan las circunstancias en las que se puede autorizar la detención preventiva y proporcionan garantías procesales para regir los procedimientos de detención preventiva.
Daños criminales a un automóvil
en el caso de un intento de asesinato, o un caso en el que el delito se haya cometido contra un jurado de menores y en el que se haya imputado un delito grave de clase A o B, una pena de prisión no superior a 20 años, una multa en virtud de este título, o ambas cosas; y
1996-Subsec. (a). Pub. L. 104-214 insertó al final “Si la ofensa bajo esta sección ocurre en conexión con un juicio de un caso criminal, y el acto en violación de esta sección involucra la amenaza de fuerza física o la fuerza física, el término máximo de encarcelamiento que puede ser impuesto por la ofensa será el más alto de los que de otra manera se proveen por ley o el término máximo que podría haber sido impuesto por cualquier ofensa acusada en tal caso.”
1994-Pub. L. 103-322, § 330016(1)(K), que ordenaba la sustitución de “multado en virtud de este título” por “multado con no más de 5.000 dólares”, no pudo ejecutarse porque las palabras “multado con no más de 5.000 dólares” no aparecían en el texto tras la modificación introducida por Pub. L. 103-322, § 60016. Véase a continuación.
Pub. L. 103-322, § 60016, designó las disposiciones existentes como subsec. (a), sustituyó “juez magistrado” por “comisionado” en dos lugares y “castigado como se establece en la subsección (b)” por “multado con no más de 5.000 dólares o encarcelado con no más de cinco años, o ambos”, y añadió la subsec. (b).
Delito de amenazas de muerte
Los usuarios de las directrices deben ser conscientes de que el Libro de la Igualdad de Trato cubre aspectos importantes del trato justo y la disparidad de resultados para los diferentes grupos en el sistema de justicia penal. Proporciona orientaciones que se anima a los sentenciadores a tener en cuenta siempre que sea aplicable, para garantizar la equidad para todos los implicados en los procedimientos judiciales.
Esta directriz se aplica únicamente a los delincuentes mayores de 18 años. Los principios generales que deben tenerse en cuenta en la imposición de penas a niños y jóvenes se encuentran en la directriz definitiva del Consejo de Sentencias, Sentencing children and young people – overarching principles.
A los efectos del artículo 60 del Código de sentencias, la directriz especifica los rangos de los delitos, es decir, la gama de sentencias apropiadas para cada tipo de delito. Dentro de cada delito, el Consejo ha especificado una serie de categorías que reflejan distintos grados de gravedad. El rango de delitos se divide en rangos de categorías, es decir, las sentencias apropiadas para cada nivel de gravedad. El Consejo también ha identificado un punto de partida dentro de cada categoría.
Directrices para la imposición de penas por amenazas de muerte
Los usuarios de las directrices deben ser conscientes de que el Libro de la Igualdad de Trato cubre aspectos importantes del trato justo y la disparidad de resultados para los diferentes grupos en el sistema de justicia penal. Proporciona orientaciones que se anima a los sentenciadores a tener en cuenta siempre que sea aplicable, para garantizar la equidad para todos los implicados en los procedimientos judiciales.
Aplicabilidad De acuerdo con la sección 120 de la Ley de Coronarios y Justicia de 2009, el Consejo de Sentencias emite esta directriz definitiva. Se aplica a todos los delincuentes de 18 años o más, que sean condenados en la fecha de entrada en vigor de esta directriz o después, independientemente de la fecha del delito*.
Esta directriz se aplica únicamente a los delincuentes mayores de 18 años. Los principios generales a tener en cuenta en la condena de niños y jóvenes se encuentran en la directriz definitiva del Sentencing Council, Overarching Principles – Sentencing Children and Young People.
En los casos de amenazas de causar daños con fuego, los tribunales deben considerar la posibilidad de solicitar un informe de: los servicios de enlace y desviación, un médico, o cuando sea necesario, ordenar un informe psiquiátrico, para determinar tanto si el delito está vinculado a un trastorno mental o a una discapacidad de aprendizaje (para ayudar a la evaluación de la culpabilidad) como si debe considerarse alguna disposición de salud mental.