Reglamento de residuos solidos urbanos

leyes y reglamentos internacionales sobre la gestión de residuos

En este capítulo se presentan los métodos de gestión y eliminación final de los residuos de laboratorio que pueden presentar riesgos químicos, así como los residuos multipeligrosos que contienen alguna combinación de riesgos químicos, radiactivos y biológicos. La mejor estrategia para la gestión de los residuos de laboratorio tiene como objetivo maximizar la seguridad y minimizar el impacto ambiental, y considera estos objetivos desde el momento de la compra. Como se ha sugerido en capítulos anteriores, existe una jerarquía estratégica para la gestión de los productos químicos y los residuos que permite alcanzar estos objetivos.

La responsabilidad inicial de aplicar esta jerarquía recae en el personal capacitado del laboratorio. Estas personas están en la mejor posición para conocer las propiedades químicas y físicas de los materiales que han utilizado o sintetizado. Son responsables de evaluar los peligros, proporcionar la información necesaria para determinar con exactitud los residuos y ayudar a evaluar las estrategias adecuadas de gestión, minimización y eliminación.

El principio primordial que rige la manipulación prudente de los residuos de laboratorio es que no debe iniciarse ninguna actividad a menos que se haya formulado un plan para la eliminación de los residuos no peligrosos y peligrosos. La aplicación de este sencillo principio garantiza el cumplimiento de los numerosos requisitos normativos estatales y federales para la manipulación de residuos y evita dificultades inesperadas, como la generación de una forma de residuos (por ejemplo, químicos, radiactivos, biológicos) para la que la institución no está preparada.

residuos radiactivos

El presente Reglamento, que consta de 32 artículos divididos en XII Capítulos, tiene por objeto establecer los procedimientos, condiciones y normas necesarias para el cumplimiento de las funciones y responsabilidades del Ministerio de Asuntos Municipales y Rurales y de los Municipios en la gestión de los residuos sólidos urbanos, la ejecución de sus proyectos y la organización de actividades y estudios relacionados con esta materia, con el fin de proteger el medio ambiente urbano y alcanzar los principios del desarrollo sostenible en el

directiva 2008/98/ce

La gestión de los residuos sólidos puede definirse como la disciplina asociada al control de la generación, la recogida, el almacenamiento, la transferencia y el transporte, el tratamiento y la eliminación de los residuos sólidos de manera que se ajusten a los mejores principios de salud pública, economía, ingeniería, conservación, estética y otras consideraciones medioambientales.

Los residuos sólidos urbanos incluyen los residuos comerciales y domésticos generados en zonas municipales o notificadas en forma sólida o semisólida, excluyendo los residuos industriales peligrosos pero incluyendo los residuos biomédicos tratados.

El vertido de residuos sólidos urbanos está prohibido en las ciudades, pueblos y zonas urbanas notificadas por los gobiernos estatales. Para prohibir el vertido y facilitar su cumplimiento, la autoridad municipal deberá tomar las siguientes medidas, a saber

Las autoridades municipales establecerán y mantendrán las instalaciones de almacenamiento de manera que no creen condiciones antihigiénicas e insalubres en su entorno. Al establecer y mantener las instalaciones de almacenamiento se tendrán en cuenta los siguientes criterios

residuos de envases

C.O. 195-82, art. 5.30.2. Continuación del tratamiento: Si se requiere un tratamiento para que se cumplan las normas prescritas en la sección 30, dicho tratamiento deberá seguir funcionando después de que se abandone el vertedero sanitario hasta que los vertidos cumplan las normas mencionadas sin necesidad de tratamiento.

R.R.Q., 1981, c. Q-2, r. 14, s. 37; O.C. 1036-98, s. 9.38. Drenaje: Todo vertedero sanitario debe disponer de un sistema de drenaje para evitar la infiltración de las aguas superficiales en los residuos sólidos depositados en el vertedero sanitario.

R.R.Q., 1981, c. Q-2, r. 14, s. 38.39. Zona de amortiguación: Todo vertedero sanitario debe disponer de una zona de amortiguación de al menos 10 metros de ancho entre los límites de la zona de vertido de residuos sólidos y todos los terrenos vecinos ocupados por una persona que no sea el operador del vertedero sanitario.Cuando dicha zona de amortiguación sea una zona boscosa, deberán conservarse los árboles existentes para mantener el entorno forestal natural.

R.R.Q., 1981, c. Q-2, r. 14, s. 39.40. Colocación de un cartel: En la entrada de un vertedero sanitario que haya sido clausurado de forma permanente deberá colocarse un cartel bien visible en el que se indique que el vertedero está cerrado y que está prohibida la eliminación de materiales residuales.

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